El delito como fenómeno social, no es
algo absoluto y estático, sino que como fenómeno cultural, varia lógicamente en
tiempo y espacio, por lo que en un país un hecho puedo considerarse un delito y
en otro no.
Es lógico suponer que la vida en
común de los seres humanos, por primitivos que fueran, implicaba la reacción de
quienes se sintieran ofendidos o perjudicados por el comportamiento ajeno. Si
no había una reacción estatal frente al quebrantamiento de intereses ajenos, sí
tuvo que existir un castigo infringido por el ofendido o por sus familiares. Esto
implica entonces la ley del más fuerte, del más hábil o del depositario de la
autoridad divina. Por consecuencia se impone aquí no un sistema de normas sino
un castigo feroz, que se aplicaba reiteradamente frente a las sucesivas
violaciones y se iba procesando para convertirse en tradición. Sólo así era
posible mantener un relativo orden social.
En el presente trabajo se presentan
un amplio aporte relacionado con este tema y los temas que se relacionan como
es el concepto del delito, enfoque del delito, ley y orden, entre otros.
Como se observa el origen del delito
no esta muy definido, puesto que el mismo ha existido desde siempre, en todas
las sociedades y épocas. Un concepto que es generalmente aceptado es que este
surge juntamente con la aparición de los estados. Es ahí donde los hombres
establecen normas de convivencias cuya violación constituye lo que se conoce
como delito.
En la antigüedad el delito era una intuición,
una reacción oscuramente presentida, contra el miembro de la comunidad que
trasgredía las normas de convivencia, que ponía en riesgo los intereses de la
comunidad. En realidad el delito era una reacción contra el evento, fuera
cometido por un hombre o no, fuera cometido con intención o no (Fontan,1961 )
Entonces. El delito, en las primeras
etapas humanas fue una idea arraigada en el colectivo, fue un ataque a un
interés o bien, individual o colectivo. Al principio fue consuetudinario, pero
desde temprano fueron concretándose documentos que establecían cuáles eran los
delitos y cuáles sus penas. En estas edades prehistóricas y hasta el derecho
romano la concreción del delito en una norma documentada fue excepcional. Y la
ciencia del derecho penal suspiró en ausencias.
Podemos ver de lo reseñado hasta
ahora al delito en la prehistoria y en la antigüedad como un daño a un bien o
un interés, castigado por costumbre, por tradición. Ya vemos el juego
innominado del bien jurídico. La pena también se iba fijando por tradición, por
la sucesión de hechos en el correr de los tiempos y el afianzamiento de los
criterios de reacción.
El delito como fenómeno
social es un tema bastante amplio es y ha sido desde hace mucho tiempo objeto de estudio de varias
ramas de investigación, específicamente de la sociología jurídica, pues es esta
la que se encarga de estudiar los fenómenos que surgen en la sociedad.
Partiendo del supuesto de que el delito es como la
enfermedad al hombre, éste también idea las formas de castigo. Desde la
aparición del hombre sobre la Tierra siempre ha habido el delito, y las
formas de combatirlo.
El delito es un acto antijuridico
cometido por hombre y sanos y de cualquier estatus social. El mismo puede nacer de una acción o una inacción.
Uno de los elementos esenciales de
existencia es la antijuricidad que según
las normas culturales y sociales y modo de comportamiento de la sociedad es un
concepto dinámico que puede variar según la evolución a la que esta sujeta la
sociedad.
El delito tiene su fundamento en el
principio de legalidad en cual establece que solo se puede considerar delito el
hecho que previamente esta tipificado por el código penal o por alguna ley
especial. Esto es una garantía para el ciudadano, ya que no dejan al capricho
de las autoridades la determinación del delito.
Para definir el delito hay que tomar
en cuenta el país o lugar, debido a que el mismo esta sujeto al tiempo y al
espacio, es considerado una valoración cultural, por lo que aquí se considera
delito, en otro lugar no que no lo sea.
Es una conducta opuesta a lo que la
ley manda. Aquí la noción de delito viene dada por la
delito no hay delito
La idea del delito toma su origen en
ley penal. Entre la ley y el delito hay una relación indisoluble, puesto que el
delito es una violación a la ley penal. En consecuencia, el delito será
entonces todo hecho al cual el ordenamiento jurídico penal le adscribe como
consecuencia una pena.
El delito se define por una acción o
inacción en consecuencia de.. Pudiendo ser
·
De
lesión o daño y peligro,
·
Según
el objeto o fin que persiguen, la perturbación, daño, disminución o destrucción
del bien jurídicamente protegido,
·
Delitos
contra las cosas públicas o el estado mismo o sus instituciones
·
Delito
contra personas privadas,
·
Delito
político o no político.
Los delitos pueden también
clasificarse
·
Según
los sujetos que los realizan ………….
individuales o colectivos,
·
Según
la ley que los contengan pueden ser…..
comunes o especiales
·
Según
las constancia con que se realizan… Ocasionales o habituales.
·
Según
la naturaleza del daño del bien que afecta…. Puede ser acción pública
(denuncia) o de acción privada (querella).
Otras definiciones de delito
Otras definiciones de delito
Una acción típica,
antijuridica, imputable, culpable, sometida a una sanción penal y a veces a
condiciones objetivas de punibilidad (Ramos 1986).
Es un acto expresamente
prohibido y castigado por la ley, casi inmoral con arreglo a las normas éticas
predominantes, usualmente dañoso para la comunidad, y cuya represión se hace
necesaria para la preservación del orden social existente (Nodarse,1962).
Otros como Durhein lo
define como un acto que afecta sentimientos
colectivos, dotados de particular energía y claridad.
Para Garofalo modificado
por Ferry y otros es una acción
determinada por motivos individuales (egoistas) y antisociales, que alteran la
condición de vida y lesionan la
moralidad media de un pueblo determinado en un momento determinado.
Enfoque del delito
Enfoque del delito
En el estudio y enfoque del delito
hay que tomar en consideración si se trata del derecho o de la criminología. El
derecho penal es una ciencia normativa, la criminología es una ciencia causal.
Partiendo de esa concesión se puede
determinar que:
Para el derecho penal solo existe el
delito en cuanto haya una ley o norma preexistente, es decir, cuando se ha
legislado una ley que establece sanciones penales.
Para la criminología el delito es
toda conducta antisocial, es decir todo comportamiento humano que lesione o
ponga peligro intereses particulares de alguna persona física o moral, en
criminología se habla de conducta desviada refiriéndose al delito.
La Ley y el Delito
La Ley y el Delito
Entre la ley y el delito hay una
relación indisoluble, puesto que el delito es una violación a la ley penal. En
consecuencia, el delito será entonces todo hecho al cual el ordenamiento
jurídico penal le adscribe como consecuencia una pena.
Tanto la ley como el delito es una
creación del ser humano y si se parte de que el delito existe desde que el
mundo es mundo, en toda época y en las distintas sociedades, habría que
preguntarse que es primero el delito o la ley.
La Ley
La Ley
Nace por la necesidad de organizar la
convivencia social de los seres humanos. La ley es una norma jurídica
dictada por el legislador, es
decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que
se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia
cuyo incumplimiento conlleva a una sanción.
Según el jurista panameño César
Quintero, en su libro Derecho Constitucional la ley es una «norma dictada
por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual
todos deben obediencia». Por otro lado, el jurista venezolano, nacionalizado
chileno, Andrés Bello
definió a la ley, en el artículo 1.º del Código
Civil de Chile
como «Una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma
prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite». Las leyes son
delimitadoras del libre albedrío de las personas
dentro dela sociedad. Se
puede decir que la ley es el control externo que existe para la conducta
humana, en pocas palabras, las normas que rigen nuestra conducta social.
Constituye una de las fuentes del derecho, actualmente considerada como
la principal, que para ser expedida, requiere de autoridad competente, es
decir, el órgano legislador.
La ley comprende a todos
aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin
excepciones de ninguna clase.
Obligatoriedad
Obligatoriedad
Tiene
carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte
establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto
significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que
obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus
destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto
por ella misma.
Se dictan con carácter indefinido,
permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de
tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes
posteriores.
Abstracta e impersonal
Abstracta e impersonal
Las leyes no se emiten
para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos
determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.
Ignorancia no es excusa:
Ignorancia no es excusa:
Como norma general,
regula los hechos que ocurren a partir des u publicación, hacia lo futuro,
jamás hacia lo pasado, salvo ciertas excepciones (como la retro actividad
en materia penal).
Delincuentes y Víctimas.
Delincuentes y Víctimas.
Evidentemente
entre el delincuentes y la victimas existe un nexo porque no puede haber
victimas sin victimarios, es decir una persona que actúa en la comisión de un
delito que sería el victimario o delincuente y quien recibe el agravio que es
la víctima.
Los delincuentes son hombres y
mujeres, ricos y pobres, jóvenes, adultos o viejos, negros y blancos, budistas
o presbiterianos, etc.. y lo hacen en las más variadas situaciones,
oportunidades, momentos y circunstancias y por motivos que no les andan detrás
en cuanto a la variación (ambición, venganza, ocasión, despecho, inconsciencia,
desconocimiento, etc..).
Es algo así como decir que si alguien
comete un acto delictivo porque decide hacerlo, asimismo se convierte en
delincuente porque decide hacerlo.
El actor es un individuo con una
historia, unas necesidades y unos deseos más o menos estables o cambiantes,
mientras que el acto es un suceso transitorio más o menos programado o
espontáneo consecuencia de un/unos estímulos que desencadena/n esa acción que
provoca el delito.
Detrás (antes) de esa acción está la
decisión de actuar y aquí radica el núcleo complejo de la causalidad (origen)
del delito.
Niveles de responsabilidades
Niveles de responsabilidades
Lambon refiriéndose a la victimología
establece los siguientes niveles de responsabilidades, en ocasión de la
comisión del delito. Estos niveles aparecen en el siguiente orden y no se
establecen como causa del delito, sino más bien como factores que pueden
construir a que se produzca la victimización, entre estos se citan:
Invitación: donde la victima consciente de los
resultados entra en una condición peligrosa exponiéndose.
Facilitación donde la víctima no toma las
precauciones razonables que requiere la situación.
Provocación donde la victima activamente induce
la respuesta criminal ya sea en forma verbal u otra.
Perturbación donde la victima misma desata la
cadena de eventos que culminan en el delito.
Cooperación en el que se incluyen aquellos casos
en la que la propia víctima da su consentimiento pasivo a la conducta punible.
Instigación la propia víctima alienta o promueve
activamente la comisión del delito.
El delito como fenómeno
social es un tema bastante amplio es y ha sido desde hace mucho tiempo objeto de estudio de varias
ramas de investigación, específicamente de la sociología jurídica, pues es esta
la que se encarga de estudiar los fenómenos que surgen en la sociedad. El origen del delito no esta muy definido,
puesto que el mismo ha existido desde siempre, en todas las sociedades y
épocas. Un concepto que es generalmente aceptado es que este surge juntamente
con la aparición de los estados. Es ahí donde los hombres establecen normas de
convivencias cuya violación constituye lo que se conoce como delito.
Para poder definir el termino delito
hay que tomar en cuenta el país o lugar, debido a que el mismo está sujeto al
tiempo y al espacio. El delito es
considerado una valoración cultural, por lo que en un país se considera delito,
en otro país puede que no lo sea. Además, la existencia de múltiples enfoques
en relación al termino dificulta establecer una definición global del término
delito. No obstante, para el presenta trabajo se ha acuñado que la idea del
delito toma su origen en ley penal. Entre la ley y el delito hay una relación
indisoluble, puesto que el delito es una violación a la ley penal. En
consecuencia, el delito será entonces todo hecho al cual el ordenamiento
jurídico penal le adscribe como consecuencia una pena o sanción.
La aplicación de una pena o sanción por comisión de un delito da origen a
nuevos elementos dentro del contexto jurídico sobre quienes caen la
consecuencia de los misma, estos términos son: delincuentes y víctimas. Evidentemente
entre delincuentes y la victimas existe un nexo porque no puede haber victimas
sin victimarios, es decir una persona que actúa en la comisión de un delito que
sería el victimario o delincuente y quien recibe el agravio que es la víctima.
Hernández, Pedro Pablo: Tratado de la Sociología Jurídica. 4ª Edición. Santo Domingo, 2019.
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